24 abril, 2008

Equipo 2008

Solange Benedetti: Asistente Social
  • atenciones individuales
  • informes
  • tiene cargo del Circuito comunal
  • charlas y talleres
  • derivaciones a centros especializados

Chris Esdaile: Abogado/Director

  • asesoría legal
  • talleres
  • derivaciones a centros especializados

Revda Alison Facey: Pastora

  • entrevistas de acogida
  • apoyo espiritual

Jennifer Rivera: Secretaria, Recepcionista, Administrativa

Horario 2008

Lunes a viernes: 0900 - 1300 y 1400 - 1600

23 abril, 2008

Trabajo del año 2007

Chris Esdaile (Director/Abogado) en frente de la oficina del CAF.
Atenciones en la oficina.

Evento para el Día de la Mujer, marzo 2007
Taller de autoestima: construyendo un arbol de la vida.
Taller de autoestima: construyendo un arbol de la vida.

Taller: El abogado conversando

Taller: Miembros del equipo CAF compartiendo once con usuarias después de un taller.

Una reunión del Circuito VIF - una red de organizaciones en Alto Hospicio que tienen contacto con las mujeres que viven violencia intrafamiliar


Una reunión del Circuito VIF - una red de organizaciones en Alto Hospicio que tienen contacto con las mujeres que viven violencia intrafamiliar

Asistiendo en una capacitación sobre VIF - el Director del CAF, Chris Esdaile, con la Coordinadora del Proyecto VIF del Consultorio, Marcela Avendaño
Participando en una Feria Comunitaria - la Monitora de los talleres, Jennifer Rivera, con la Secretaria (2007), Daniela Rivera

Participando en una Feria Comunitaria - Cabo Pizarro, con la Secretaria (2007), Daniela Rivera
Marcha para el Día de NO Violencia contra la Mujer
Marcha para el Día de NO Violencia contra la Mujer - marchamos llevando cruces, cada una representando una mujer fallecida en Chile en 2007

Liturgia para el Día de NO Violencia contra la Mujer - mujeres y hombres juntos
Marcha/Liturgia para el Día de NO Violencia contra la Mujer - participantes

05 julio, 2007

¿Donde debo hacer una denuncia sobre violencia intrafamiliar?

Tipo de VIF : Lesiones físicas (recientes)
DELITO
A donde debe ir: Hospital o Consultorio, quién derivará el caso automáticamente a la fiscalía

Tipo de VIF: Lesiones físicas (históricas), Amenazas, Maltrato habitual, Homicidio
DELITO
A donde debe ir: Carabineros o Fiscalía

Tipo de VIF: No lesiones físicas, VIF psicológica
NO ES DELITO
A donde debe ir: Carabineros o Tribunal de Familia (derivará a fiscalía cualquier caso de Maltrato Habitual)

Tipo de VIF: Riesgo inminente de VIF (pero no hay violencia hasta ahora)
NO ES DELITO
A donde debe ir: Tribunal de Familiar

Recuerden, las siguientes personas pueden empezar el proceso en Carabineros, Fiscalía o Tribunal de Familia:
- la víctima,
- sus padres/abuelos etc,
- sus niños/nietos etc,
- sus guardadores/tutores,
- personas que la tengan a su cuidado,
- personas que tengan conocimiento directo de los hechos.

31 mayo, 2007

¿Qué hacemos en el CAF?

Tenemos dos áreas de trabajo:

1 Atención individual interdisciplinaria, con un énfasis en las mujeres que viven violencia intrafamiliar
2 Manutención de un Circuito de organizaciones en la comunidad que tienen contacto con las mujeres que viven violencia intrafamiliar

CAF es un proyecto de la Iglesia Metodista de Chile (aunque el CAF es abierto a todos/as). Trabajamos juntos con la Municipalidad de Alto Hospicio y con el apoyo del SERNAM. La Corporación Metodista tiene un Convenio con el SERNAM.

Alto Hospicio está considerado una de la comunas con el más alto índice de violencia intrafamiliar, en el norte de Chile. La fiscalía en Alto Hospicio recibe 15 denuncias cada día sobre violencia intrafamiliar. Por eso, en 2006/7 trabajabamos de manera especial en el área de violencia familiar.

03 agosto, 2006

Violencia intrafamiliar


Violencia Intrafamiliar es:

■ todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psicológica de un miembro de la familia sobre otro.
■ incluye cónyuges, ex cónyuges, convivientes, padres de un hijo en común, menores de edad, discapacitados etc.

La ley de violencia intrafamiliar

La nueva ley de violencia intrafamiliar comenzó el 1 octubre 2005. Los objetivos de la nueva ley son prevenir, sancionar y erradicar la violencia intrafamiliar y otorgar protección a las víctimas.

Ahora, el Estado tiene una obligación de proteger y ayudar a las mujeres castigadas por sus parejas, y también a sus familias.

Violencia intrafamiliar es:
■ todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psicológica de un miembro de la familia sobre otro
■ incluye cónyuges, ex cónyuges, convivientes, padres de un hijo en común, menores de edad, discapacitados etc.

¿Qué dice la nueva ley?
La ley da protección para las víctimas en forma inmediata, sin esperar a que el Ministerio Público formalice una investigación

La ley introduce las llamadas "situaciones de riesgo", como que el agresor
■ cometa actos de intimidación contra la víctima, o
■ tenga antecedentes de drogadicción o alcoholismo, o condenas judiciales o antecedentes psiquiátricos.
Cuando exista una situación de riesgo, el tribunal debe proteger a la víctima.

La ley dice que el juez de familia debe dar protección física y económica a la víctima y al grupo familiar.

El juez tiene los siguientes poderes:

  • Prohibir o restringir la presencia del ofensor en el hogar común, lugar de estudios o de trabajo de la víctima
  • Proteger los efectos personales de la víctima que decida no regresar al hogar común
  • Fijar alimentos para la víctima y la familia
  • Determinar un régimen de cuidado personal de los niños y niñas, y establecer la forma en que se mantenga una relación directa y regular entre los padres y sus hijos
  • Prohibirle tener armas de fuego
  • Hacerlo asistir a programas terapéuticos

Esas medidas pueden ser impuestas durante el proceso y/o en la sentencia al final del proceso.

Los Tribunales de Familia pueden imponer multas, y otras sanciones.

La nueva ley da nuevos deberes a la policía, que antes no podía actuar sin una orden judicial.
Por ejemplo, la nueva ley dice que la policía debe entrar al lugar en que haya violencia intrafamiliar, y después debe detener al agresor, y prestar ayuda “inmediata y directa” a la víctima. El detenido será presentado inmediatamente al tribunal que puede dar protección a la víctima.

El proceso
El procedimiento por actos de violencia intrafamiliar puede iniciarse por

  • la víctima o un miembro de su familia, o
  • cualquier persona que tenga conocimiento directo de los hechos.

Los casos serán vistos por

  • los Tribunales de Familia - los casos en que no exista lesión física
  • los Tribunales en lo Penal - los casos en que exista lesión física.

Comienza por denuncias directas –

  • en el tribunal de familia, o
  • en carabineros que las derivará al tribunal.

El tribunal citará a audiencia, o derivará al Ministerio Público (si se determina que los hechos denunciados son constitutivos de delito).

Para Iquique y Alto Hospicio, el Tribunal de Familia esta ubicado en Sotomayor Nº 625, Iquique